Actualmente se reconoce a cualquiera de los dos progenitores, beneficiando al que más perjudicado se haya visto en su carrera laboral con motivo del cuidado de los hijos. En el caso de que ninguno de los dos padres se hubiese visto perjudicado, el complemento será reconocido a la madre, o, al progenitor con menor pensión en el caso de las parejas del mismo sexo.
No obstante, esta cuestión será abordada por el Tribunal Supremo, ante la interposición de recurso de unificación de doctrina contra la sentencia del TSJ de Madrid de 4 de marzo de 2022, interpuesto por el Ministerio Fiscal.
Actualmente, este complemento incrementa la cuantía de las pensiones en los siguientes porcentajes, en función del número de hijos que se han tenido:
- Dos hijos: 5 %.
- Tres hijos: 10 %.
- Cuatro hijos o más: 15 %.