Autor: dikeabogados

El registro horario de los trabajadores

Las empresas que tengan contratos laborales están obligados a llevar un registro horario de sus trabajadores.

El 12 de marzo de 2019 se publicaba en el Boletín Oficial del Estado, el Real Decreto Ley 8/2019, que establece la obligatoriedad de llevar un registro horario. La normativa tiene como objetivo que se cumplan los horarios de trabajo y evitar el fraude al no compensar o abonar las horas extras trabajadas, así como para evitar que las contrataciones a tiempo parcial oculten jornadas completas, incumplimientos horarios y la existencia de horas extras no pagadas ni cotizadas.

La norma de aplicación dispone que «la empresa garantizará el registro diario de jornada, que deberá incluir el horario concreto de inicio y finalización de la jornada de trabajo de cada persona trabajadora».

Registro horario

¿Qué obligaciones tiene la empresa respecto del registro horario?

Las empresas están obligadas a:

  • Llevar un registro del horario de inicio y fin de la jornada laboral de todos los trabajadores. El control de la jornada tiene un carácter diario y es independiente de la posible flexibilidad horaria de la que disponga el trabajador.
  • Guardar esta información durante al menos cuatro años.
  • Poner esta información a disposición de los trabajadores, sus representantes, sindicatos e inspectores laborales en caso de ser solicitada.

Aunque el registro horario se puede realizar en papel, lo más recomendable es llevarlo mediante un sistema informático que impida su modificación.

¿Quién tiene la obligación de fichar? Registro horario según contrato y empresas

El registro horario se aplica a todos los trabajadores, con independencia de tipo de contrato que tengan, ya sea a tiempo completo o a jornada parcial, contrato temporal o indefinido. Tampoco depende de las dimensiones de la empresa, puesto que se aplica a todas las empresas que tengan contratados trabajadores, con independencia de su número. 

Sanciones por incumplimiento del registro horario

Las infracciones más habituales relacionadas con el registro horario son las siguientes:

  • no implementación de un sistema adecuado para cumplir con la normativa.
  • irregularidades relacionadas con la presentación de informes confusos, documentación incompleta, o falta de fichaje del personal que teletrabaja o que viaja habitualmente.

El incumplimiento del registro horario constituye una infracción en materia laboral, y se pueden imponer las siguientes sanciones:

  • Sanciones muy graves: de 7.5001 hasta 225.018 euros. En este caso, se producen cuando se detectan problemas importantes como la superación de horas extras anuales, o la no remuneración o abono de las mismas.
  • Sanciones graves: de 751 a 7.500 euros. Corresponden a errores en los registros, horas extras no computadas…
  • Sanciones leves: de 70 a 750 euros. Quedarían delimitadas a acciones concretas como no poner a disposición de los empleados los registros, o no informar de las condiciones laborales a los mismos, entre otras. 

Registro horario como medio de prueba

Control horario

Si la empresa quiere acreditar la jornada efectiva realizada por el trabajador, contará con un prueba muy importante si aporte el registro diario de la misma, correspondiendo al trabajador la carga de probar que realizaba otra jornada de la consignada en el registro horario.

Respecto a los trabajadores a tiempo parcial, la jornada se registrará día a día, y se totalizará mensualmente, entregando copia al trabajador, junto con el recibo de salarios, del resumen de todas las horas realizadas en cada mes, tanto las ordinarias como las complementarias.

En caso de incumplimiento de las obligaciones de registro, el contrato se presumirá que es a jornada completa, salvo prueba en contrario, por lo que es importante que el empresario registre correctamente la jornada del trabajador que preste servicios a jornada parcial.

Registro horario a distancia: el teletrabajo

Con la implantación del teletrabajo, el registro horario ha alcanzado más relevancia, al generar una necesidad mayor de este registro de forma remota.

Por todo ello, muchas empresas han decido implementar herramientas que permiten fichar desde cualquier lugar, adaptándose a las necesidades tanto del personal que realiza teletrabajo, como de aquellos que deben desplazarse para realizar su labor profesional.

En Diké Abogados ofrecemos un servicio para que los trabajadores de la empresa puedan gestionar el registro horario, las vacaciones, ausencias…

Si quiere más información puede ponerse en contacto con nosotros.

Qué requisitos deben cumplir las facturas

En este blog de Diké Abogados te explicamos los requisitos necesarios que deben cumplir las facturas:

1. Introducción y Normativa aplicable

Los empresarios y profesionales tienen que emitir una factura por cada operación que tenga incidencia en la liquidación de los impuestos.

La normativa que obliga de expedir y entregar factura es el Reglamento de facturación, aprobado por el Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, en vigor desde el 01-01-2013.

Las facturas facilitan a la Administración la comprobación del impuesto y son el medio a través del cual se efectúa la repercusión y la deducción de las cuotas, puesto que para que las cantidades sean deducibles, el contribuyente tiene que estar en posesión de la factura.

2. La obligación de emitir factura

Los empresarios o profesionales están obligados a expedir factura y copia de la misma por todas entregas de bienes y prestaciones de servicios que realicen en el desarrollo de su actividad, incluidas las no sujetas y las sujetas pero exentas del Impuesto.

3. Contenido de las facturas y de las facturas simplificadas

Las facturas y sus copias deben contener los siguientes datos:

1.º Número y, en su caso, serie. La numeración de las facturas dentro de cada serie será correlativa. Se podrán expedir facturas mediante series separadas cuando existan razones que lo justifiquen y cuando el obligado a su expedición cuente con varios establecimientos desde los que efectúe sus operaciones o realice operaciones de distinta naturaleza.

2.º La fecha de su expedición.

3.º Nombre y apellidos, razón o denominación social completa, tanto del obligado a expedir factura como del destinatario de las operaciones.

4.º NIF atribuido por la Administración española o por la de otro Estado de la UE.

5.º Domicilio, tanto del obligado a expedir factura como del destinatario de las operaciones. Cuando el domicilio social no coincida con el fiscal debe hacerse costar en la factura el domicilio fiscal.

Cómo hacer facturas

6.º Descripción de las operaciones, consignándose todos los datos necesarios para la determinación de la base imponible del Impuesto y su importe, incluyendo el precio unitario sin impuesto de dichas operaciones, así como cualquier descuento o rebaja que no esté incluido en el precio unitario.

En las facturas deberá hacerse constar una descripción genérica de los bienes o servicios que constituyan cada operación, con el detalle suficiente, cuantía y tipo impositivo aplicable por el IVA. Se puede efectuar la descripción de los bienes y servicios en anexos de la factura que formen parte de la misma.

7.º El tipo impositivo aplicado.

8.º La cuota tributaria.

9.º La fecha en que se hayan efectuado las operaciones o en la que se haya recibido el pago anticipado.

10.º En el supuesto de que la operación esté exenta del IVA, una referencia a las disposiciones de la Directiva 2006/112/CE o a los preceptos de la LIVA o indicación de que la operación está exenta.

11.º En las entregas de medios de transporte nuevos, sus características, la fecha de su primera puesta en servicio y las distancias recorridas u horas de navegación o vuelo realizadas hasta su entrega.

12.º En caso de que sea el adquirente o destinatario de la entrega o prestación quien expida la factura en lugar del proveedor o prestador, la mención «facturación por el destinatario».

13.º En el caso de que el sujeto pasivo del Impuesto sea el adquirente o el destinatario de la operación, la mención «inversión del sujeto pasivo».

14.º En caso de aplicación del régimen especial de las agencias de viajes, la mención «Régimen especial de las Agencias de viajes».

15.º En caso de aplicación del régimen especial de los bienes usados, objeto de arte, antigüedades y objetos de colección, la mención «Régimen especial de los bienes usados», «Régimen especial de los objetos de arte» o «Régimen especial de las antigüedades y objetos de colección».

16.º En caso de aplicación del régimen especial del criterio de caja, vigente desde 2014, la mención «Régimen del criterio de caja».

Facturas simplificadas.

Facturas simplificadas

Se admite la factura simplificada cuando el importe, IVA incluido, no exceda de 400 euros.

El contenido obligatorio de las facturas simplificadas es el siguiente:

1.º Número y, en su caso, serie. La numeración de las facturas simplificadas dentro de cada serie será correlativa. Se podrán expedir facturas simplificadas mediante series separadas cuando existan razones que lo justifiquen y cuando el obligado a su expedición cuente con varios establecimientos desde los que efectúe sus operaciones, si realiza operaciones de distinta naturaleza, y las rectificativas.

2.º La fecha de su expedición.

3.º La fecha en que se hayan efectuado las operaciones o en la que se haya recibido el pago anticipado.

4.º NIF, así como el nombre y apellidos, razón o denominación social completa del obligado a su expedición. En cuanto al destinatario, a diferencia de lo que ocurre en las facturas completas, en las simplificadas no es necesaria la identificación del destinatario, salvo que el destinatario sea empresario o profesional y pretenda ejercer el derecho a deducir las cuotas soportadas o, tratándose de un particular, así lo precise para ejercer cualquier derecho de naturaleza tributaria.

5.º La identificación del tipo de bienes entregados o de servicios prestados.

6.º Tipo impositivo aplicado y, opcionalmente, también la expresión «IVA incluido».

7.º Contraprestación total.

8.º En caso de facturas rectificativas la referencia expresa e inequívoca de la factura rectificada y de las especificaciones que se modifican.

9.º En las operaciones exentas, medios de transporte nuevos, facturación por el destinatario, inversión del sujeto pasivo, operaciones acogidas a diversos regímenes especiales, incluido el régimen especial del criterio de caja, deberán hacerse constar las menciones referidas en las mismas.

Para poder ejercer el derecho a deducir las cuotas soportadas cuando el destinatario de la operación sea un empresario o profesional y así lo exija, el expedidor de la factura simplificada deberá hacer constar, además de los requisitos generales exigidos a las facturas simplificadas, los siguientes datos:

  • NIF y el domicilio del destinatario de las operaciones. La diferencia pues con la factura completa es que no es preciso consignar el nombre y apellidos ni la razón o denominación social completa
  • La cuota tributaria que se repercuta.

Es posible a efectos de la deducción del IVA soportado, que el emisor de una factura simplificada complete los datos anteriores de forma manual después de haber sido impresa la factura simplificada.

4. Lengua y moneda de las facturas

Las facturas se pueden expedir en cualquier idioma, si bien es obligatorio traducirlas en caso de comprobación administrativa.

Se admite la expedición de las facturas en cualquier moneda, pero las cuotas de IVA deben ponerse en euros.

Hombre consultando facturas

5. Facturas recapitulativas, duplicados y facturas rectificativas

Podrán incluirse en una sola factura distintas operaciones realizadas en distintas fechas para un mismo destinatario, siempre que las mismas se hayan efectuado dentro de un mismo mes natural. 

Sólo se podrá expedir un original de cada factura. Los ejemplares duplicados de las facturas únicamente serán admisibles:

  • Cuando en una misma entrega de bienes o prestación de servicios concurriesen varios destinatarios. En este caso, deberá consignarse en el original y en cada uno de los duplicados la porción de base imponible y de cuota repercutida a cada uno de ellos.
  • En los supuestos de pérdida del original por cualquier causa.

Los ejemplares duplicados tienen la misma eficacia que los originales, debiendo figurar en cada uno de ellos la expresión «duplicado».

Deberá expedirse una factura rectificativa en los casos en que la factura original no cumpla alguno de los requisitos de facturación, cuando las cuotas impositivas repercutidas se hubiesen determinado incorrectamente o cuando se hubieran producido las circunstancias que dan lugar a la modificación de la base imponible.

6. Plazos

a) Las facturas y facturas simplificadas habrán de expedirse en el momento de realizarse la operación. Ahora bien, cuando el destinatario es un empresario o profesional que actúe como tal, la factura debe emitirse antes del día 16 del mes siguiente a aquel en que se haya producido el devengo.

En las entregas de bienes intracomunitarias, las facturas deberán expedirse antes del día 16 del mes siguiente a aquel en que se inicie la expedición o el transporte de los bienes.

b) Las facturas recapitulativas, que engloban operaciones realizadas dentro de un mismo mes natural, deben ser expedidas como máximo el último día del mes natural en el que se hayan efectuado las operaciones que se documenten en ellas.

c) Las facturas rectificativas deben expedirse tan pronto como el obligado a expedirla tenga constancia de las circunstancias que obligan a su expedición.

7. Obligaciones conexas: registro, remisión y conservación

Expedida la factura, aparecen otras obligaciones conexas a la de facturación, tales como las siguientes:

  • Obligación de registrar las facturas emitidas en el libro registro correspondiente.
  • Obligación de remitir las facturas al destinatario.
  • Obligación de conservar, durante el plazo de prescripción del impuesto, la documentación justificativa de la operación.  
  • La obligación de conservación se debe realizar por cualquier medio que permita garantizar la autenticidad del origen, la integridad del contenido y su legibilidad. Se admite la conservación por medios electrónicos.

Sobre la recepción de facturas en papel térmico que se deteriora rápidamente con el paso del tiempo, no existe la obligación de que las facturas se expidan en un determinado modelo o papel, pero sí se establece la obligación de conservación durante el período de prescripción, por lo que la forma de expedición y los medios empleados han de ser tales que permitan que los documentos conserven su forma original durante el período de prescripción.

8. Facturas electrónicas

Se permite que la expedición de las facturas se realice por cualquier medio, en papel o en formato electrónico. Siempre que, en este último caso, el destinatario de las mismas haya dado su conformidad. Se exige también que la factura garantice la autenticidad del origen, la integridad del contenido y su legibilidad. 

Pareja observando una factura

Es de destacar la obligatoriedad de emitir facturas electrónicas cuando se contrate con las administraciones públicas, realizando las facturas a través de programas como facturae.

La publicación de la Ley 18/2022 Crea y Crece y la Ley 11/2021 de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal. Vienen a generalizar el uso de la factura electrónica en operaciones entre empresarios y profesionales. Esto es como medida de digitalización empresarial así como mecanismo de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.

Por tanto, la facturación en papel tiene sus días contados.

Por su parte, la Administración Tributaria pondrá a disposición de los contribuyentes, un software de facturación electrónica. Y las empresas dedicadas al software de facturación desarrollarán un sistema que garantice la integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros.

Diké Abogados ha puesto en marcha un servicio de digitalización del contenido fiscal, contable y de facturación online de sus clientes. Cualquier duda puede ponerse en contacto con nosotros.

Reforma de la Ley Concursal: Qué novedades trae consigo

La Ley 16/2022, de 5 de septiembre, de reforma del Texto Refundido de la Ley Concursal, fue publicada en el BOE el pasado 6 de septiembre de 2022, entrando en vigor 20 días después. Estas son las principales novedades que trae consigo la reforma de la Ley Concursal y en Diké Abogados te lo contamos todo.

Reforma de la Ley Concursal

¿Qué es la Ley Concursal?

Se habla de Ley Concursal para hacer referencia a un conjunto de normas cuya función es controlar y administrar los procesos concursales. Dichos procesos abarcan, entre otros, desde los pagos pendientes a deudores, hasta la liquidación forzada.

La Ley Concursal se aplica a aquellas empresas que se encuentran ante un conflicto económico frente a un tercero y requieren una resolución de forma legal.

Cuando se ejecuta este mecanismo, la suspensión de pagos se cancela de manera inmediata. En la mayoría de los casos supone la quiebra de la compañía y, como medio para resolverlo, se establece un concurso de acreedores.

Por tanto, se puede decir que el principal objetivo de esta ley es ayudar a las empresas a salir de una crisis de insolvencia.

Pues bien, el pasado 26 de septiembre entró en vigor la reforma de la Ley Concursal. Dicha reforma afecta a los procedimientos iniciados a partir de dicha fecha, pero también a algunas partes de los procedimientos que ya estaban abiertos anteriormente.

El pasado 26 de septiembre entró en vigor la reforma de la Ley Concursal

Principales novedades de la reforma de la Ley Concursal

La reforma de la Ley Concursal surge con varios objetivos:

  • Agilizar e impulsar el procedimiento concursal.
  • Proporcionar algunas alterativas a la liquidación de las compañías.
  • Incentivar un mayor uso de los instrumentos de segunda oportunidad.
  • Armonizar nuestros requisitos con los del resto de la Unión Europea.

A continuación, se muestran sus principales novedades.

Reforma de la Ley Concursal

Incorporación de la alerta temprana

Es un concepto que va ligado a la posibilidad de que las empresas puedan acudir a estos procedimientos para salvar su situación antes de que se dé una incapacidad total financiera.

Esta alerta permite al deudor percatarse de la necesidad de actuar para impedir o encauzar su insolvencia.

Derecho a una segunda oportunidad

Derecho a una segunda oportunidad

Su fin es otorgar a los beneficiarios una segunda oportunidad para alentarlos a continuar con su actividad empresarial de forma efectiva.

Por este derecho, las deudas exonerables se amplían. Además, se instaura la posibilidad de cancelarlas sin liquidación previa del patrimonio propio del deudor y con un plan de pagos. Dicho plan permite que conserve sus activos empresariales y su vivienda habitual.

En este aspecto, el deudor podrá elegir entre dos tipos de exoneraciones:

  • Una inmediata, con una liquidación previa de su patrimonio.
  • La otra será mediante un plan de pagos. A esta solo se podrán acoger los deudores insolventes, quedando fuera los que tengan sobrendeudamiento.
Planes de reestructuración

Los planes de reestructuración

Otra de las novedades de la Ley Concursal son los planes de reestructuración. Su objetivo es impedir la liquidación de aquellas empresas que sí sean viables, así como las posibles repercusiones negativas en su reputación que pueda acarrear su apertura a concurso de acreedores.

Estos planes de restructuración relevan a los planes de acuerdos extrajudiciales de pago y a los de refinanciación.

Con esta reforma, las empresas pueden acudir a estos planes cuando se dé la probabilidad de que exista insolvencia, pero sin tener que esperar a que esta sea inminente o esté ya presente.

Para ello, se entenderá que existe probabilidad de insolvencia cuando sea objetivamente previsible que el deudor no podrá satisfacer sus obligaciones regularmente (aquellas que venzan en los siguientes 2 años), de no alcanzarse un plan de reestructuración.

Además, a partir de ahora se agrupan los acreedores por clases según un interés común. Basándonos en esto se da uno de los cambios más relevantes de la ley, puesto que los planes de reestructuración podrán ser homologados aunque no se cuente con la aprobación de toda una misma clase de acreedores.

Para que esto se pueda dar, se prevé que un juez escuche a las partes afectadas primero y con esa información, homologue judicialmente el plan. Este será vinculante para todos los acreedores y/o socios, los cuales se verán obligados a aceptarlo. La excepción será la de los acreedores con garantía real. Estos podrán escoger la ejecución separada del bien garantizado, sin sujeción al plan homologado por el juez.

Otra novedad referida a estos planes de reestructuración es que se introduce la figura de un experto en reestructuraciones. Este se designará:

  • Cuando el deudor lo solicite.
  • Si se solicita la homologación de un plan que ha sido aceptado por todas las partes de acreedores.
  • Cuando lo soliciten los acreedores que supongan más del 50% del pasivo que pudiese verse afectado por el plan.
Ley Concursal

La modificación del convenio concursal

Con la reforma de la Ley Concursal llega la posibilidad de modificar el convenio. En función a esta novedad se prevén ciertos incentivos en la retribución del administrador concursal.

Estos estarán condicionados por la agilidad y celeridad del procedimiento, y las penalizaciones cuando la gestión no sea eficiente (si el procedimiento se alarga más de 12 meses debido a que le sea imputable).

La modificación del convenio concursal

Pre-pack concursal

Otra de las novedades más relevantes de la reforma de la Ley Concursal es la figura de un pre-pack concursal. Este ya se empleaba en la práctica, no obstante, no contaba con un régimen legal explícito que ahora sí posee.

Su función es evitar la pérdida de valor de los activos de una compañía una vez esté abierto el concurso y a consecuencia de esta situación.

Con este mecanismo se busca facilitar la suspensión de unidades productivas gracias al nombramiento de un experto que se encargará de supervisar la selección de potenciales compradores. Unos compradores que optimicen el valor derivado de dichas unidades productivas.

Plataforma de liquidaciones de procedimientos especiales

Plataforma de liquidaciones de procedimientos especiales

Se dispone de una plataforma para liquidaciones de procedimientos especiales de insolvencia. Esta tiene como fin facilitar la gestión del deudor que esté en concurso.

La plataforma incluye un servicio de asesoramiento, un programa de cálculo automático para el plan de pagos y una web para hacer el autodiagnóstico de la salud empresarial de las empresas.

Además de las novedades mencionadas, la modificación de la Ley Concursal trae consigo otros muchos cambios. Algunas de las nuevas regulaciones, incluso, no han entrado en vigor todavía. Por ejemplo, el procedimiento específico para microempresas, que son las que empleen a menos de 10 trabajadores y tengan un volumen de negocio anual inferior a 700.000 euros o un pasivo inferior a 350.000 euros, lo hará el 1 de enero de 2023. En Diké Abogados somos expertos en Derecho Mercantil, por lo que si necesitas conocer más información sobre esta Reforma no dudes en consultarnos.

Solicitud del Complemento por Maternidad y Paternidad

Diké Abogados, despacho especialista en tramitar incapacidades permanentes, gestiona también la obtención de este complemento, solicitándose ante el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).

Te informamos sobre cómo solicitar complemento por maternidad seguridad social.

Inicialmente, la Ley 45/2015, de Presupuestos Generales del Estado, introducía este complemento de maternidad, el cual se recogía en la Disposición Final única del mencionado Real Decreto Legislativo 8/2015 ha vuelto a limitar su ámbito a las pensiones causadas a partir del 1 de enero de 2016. No obstante, debido a esta discriminación, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), por sentencia de fecha 12 de diciembre de 2019, se pronunció a este respecto obligando al reconocimiento también a favor de los padres, eliminando la discriminación por razón de sexo.  

De este modo, actualmente se reconoce a cualquiera de los dos progenitores, beneficiando al que más perjudicado se haya visto en su carrera laboral con motivo del cuidado de los hijos. En el caso de que ninguno de los dos padres se hubiese visto perjudicado, el complemento será reconocido a la madre, o, al progenitor con menor pensión en el caso de las parejas del mismo sexo.

No obstante, esta cuestión será abordada por el Tribunal Supremo, ante la interposición de recurso de unificación de doctrina contra la sentencia del TSJ de Madrid de 4 de marzo de 2022, interpuesto por el Ministerio Fiscal.

solicitar complemento por maternidad seguridad social

Cambios en el complemento

Actualmente, este complemento incrementa la cuantía de las pensiones en los siguientes porcentajes, en función del número de hijos que se han tenido:

  • Dos hijos: 5 %.
  • Tres hijos: 10 %.
  • Cuatro hijos o más: 15 %.
solicitar complemento por maternidad seguridad social

Requisitos para solicitar complemento por maternidad seguridad social

Los requisitos para poder pedir el complemento por aportación demográfica son los siguientes:

  • Ser madre o padre de al menos dos hijos, naturales o adoptivos, con anterioridad al acceso a la pensión. No importa la edad de los hijos.
  • Ser pensionista: haber accedido anteriormente a una pensión contributiva de jubilación, viudedad o incapacidad permanente.
Complemento de maternidad

Este complemento se solicita mediante petición al INSS debiendo adjuntarse la documentación que acredite la pensión que se disfruta (jubilación o incapacidad permanente).

Así como el nacimiento de los hijos. Si en tres meses el INSS no ha resuelto tu solicitud, podrás recurrir en vía administrativa. Y posteriormente, acudir a la vía judicial si no ves reconocido tu derecho. En Diké Abogados no solo tramitamos incapacidades permanentes sino también este tipo de complementos, además de mantener al día a nuestros clientes.

Te informamos sobre cómo solicitar complemento por maternidad seguridad social.

Nueva Ley de Startups en España. Todo lo que necesitas saber.

Nueva ley de Startups en España.

En Diké Abogados somos expertos en asesoramiento a empresas y startups, por lo que en este blog, os contamos todo sobre esta nueva Ley.

El 3 de noviembre de 2022 el Congreso de los Diputados ha aprobado la Ley de Fomento del Ecosistema de las Empresas Emergentes, también conocida como la Ley de Startups, que trae una serie de importantes cambios para fomentar la constitución de este tipo de empresas.

La Ley de Startups nace para dar una mayor cobertura legal y respaldo económico a las empresas emergentes de base tecnológica y para ayudar a construir un ecosistema empresarial capaz de convertirse en el motor de la modernización de la economía española.

El objetivo es que en menos de tres años se aumente en un 20% la inversión en empresas emergentes en España, objetivo ambicioso, por lo que se tendrán que poner las medidas necesarias para hacerlo posible.

La norma será remitida al Senado para continuar su tramitación, y se prevé que entre en vigor el 1 de enero de 2023, sin importantes modificaciones respecto de este texto.

En Diké Abogados estamos atentos a todas las novedades y les mantendremos al día de su publicación y puesta en marcha, para poder acogerse a los importantes cambios introducidos.

Beneficios nueva ley

Beneficios de la Ley de startup para emprendedores

La ley de Startup incluye:

  • Importantes medidas fiscales
  • Elimina trabas burocráticas
  • Flexibiliza trámites para fomentar la creación y la inversión en empresas emergentes de base tecnológica en España.

También incorpora medidas clave para atraer y recuperar el talento internacional y nacional, favoreciendo el establecimiento en España de teletrabajadores y nómadas digitales, que en los últimos años han abandonado nuestro país en busca de mejores condiciones para su negocio.

Nueva ley para Startups

¿Qué empresas tendrán la consideración de Startups?

Se considerará que una empresa es innovadora cuando su finalidad sea resolver un problema o mejorar una situación existente, mediante el desarrollo de productos, servicios o procesos nuevos o mejorados sustancialmente en comparación con el estado de la técnica, y que lleve implícito un riesgo de fracaso tecnológico o industrial o en el propio modelo de negocio.

Startups serán aquellas empresas con carácter innovador y tendrán esta consideración en sus primeros 5 años de vida, plazo que se aumenta a 7 años en el caso de las compañías de deep tech o biotecnología, puesto que estas empresas necesitan más tiempo para desarrollarse.

La determinación de una empresa como Startup será certificada por Enisa, entidad dependiente de la Dirección General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa, integrada, a su vez, en el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo.

Enisa tendrá un plazo de 3 meses desde su solicitud por vía electrónica, para pronunciarse si una empresa es o no Startup. Es importante destacar que si no contesta en este plazo, se entenderá que la resolución es favorable por silencio administrativo, por lo que la empresa solicitante tendrá la consideración de startup desde la fecha del cumplimiento del plazo sin que haya obtenido respuesta.

Está previsto que se llegue a acuerdos con organismos públicos o privados autonómicos para que puedan certificar la calificación como Startup.

Otro de los requisitos para ser considerado startup es que su volumen de negocios no supere la cifra a 10 millones de euros.

Para obtener la categoría de startup se valorará:

  1. Grado de innovación. Haber recibido financiación pública sin revocación, y los gastos en investigación, desarrollo e innovación tecnológica.
  2. Grado de atractivo del mercado. La oferta y demanda en el sector.
  3. Fase de vida de la empresa. Implementación de prototipos y la obtención de un producto mínimo viable o la puesta en mercado del servicio.
  4. Modelo de negocio. Escalabilidad del número de usuarios, del número de operaciones o de la facturación anual.
  5. Competencia. Diferenciación respecto de empresas competidoras.
  6. Equipo. Experiencia, formación y trayectoria del equipo de la empresa.
  7. Dependencia de proveedores, suministradores y contratos de alquiler.
  8. Clientes. Volumen de clientes o usuarios de la empresa.
Ley de startups

Beneficios Fiscales

Una de las medidas más relevantes que recoge la Ley de Startup es la reducción de la carga fiscal para las empresas emergentes, que pasarán a tributar a un tipo reducido del 15% en el Impuesto de Sociedades, frente al 25% general de tributación actual, en el primer año que obtenga beneficios, y en los tres años siguientes.

Se concederá el aplazamiento del pago de la deuda tributaria correspondiente a los dos primeros períodos impositivos en los que la base imponible del Impuesto sea positiva, con dispensa de aportar garantías.

No tendrán la obligación de realizar pagos fraccionados en el Impuesto sobre Sociedades

Se mejora la tributación de las fórmulas retributivas basadas en la entrega de acciones o participaciones a los empleados de las mismas (stock options).

Estableciéndose una exención de 50.000 euros anuales en el caso de entrega de acciones o participaciones a los empleados de las Startups, y una bonificación del 50% a partir de esa cantidad.

Estas stock options solo tributarán en el momento de la venta como rendimientos del capital, puesto que en el momento de la compra lo harán como rendimientos del trabajo. Se trata de fomentar la retribución de personal cualificado en estas empresas, lo que supone una mayor implicación del trabajador en la Startup.

Leyes de Startups en España

Ventajas para inversores o Business Angels

Desde el punto de vista del inversor, se aumenta la deducción por inversión en empresa de nueva o reciente creación, incrementando el tipo de deducción al 50% y aumentando la base máxima a 100.000 euros, permitiendo para los socios fundadores la aplicación de esta deducción con independencia de su porcentaje de participación en el capital social de la entidad.

Se eleva de tres a cinco años el plazo para suscribir las acciones o participaciones, a contar desde la constitución de la entidad.

Y hasta siete para determinadas categorías de empresas emergentes.

En cuanto a la tributación del carried interest (comisión a éxito de las gestoras de capital riesgo) la exención será de hasta el 50%.

Información ley de Startups

Trabajadores expatriados

Se busca el regreso de trabajadores que se han ido de España mediante atractivas ventajas fiscales.

Se elimina la doble cotización a la Seguridad Social para los emprendedores que mantengan de forma simultánea un empleo por cuenta ajena durante los tres primeros años.

Puesto que es habitual que se constituyan las startups mientras los fundadores presten servicios para otra empresa, por lo que de esta manera no pagarán dos veces la seguridad social.

Los emprendedores podrán beneficiarse hasta en cuatro ocasiones consecutivas de esta ley. Por lo que se potencia a los emprendedores que han tenido éxito con una startup, y han decidido constituir otra.

Trabajadores expatriados

Permiso de residencia y trabajo para extranjeros que sean considerados nómadas digitales

Está prevista la creación de un visado especial para nómadas digitales, llamado visado para teletrabajadores de carácter internacional.

Para ejercer una actividad laboral o profesional a distancia para empresas radicadas fuera del territorio nacional, con una duración de un año.

Y con una importante reducción de trámites burocráticos.

Este visado se considera una medida clave para atraer y retener talento.

Licencia de pruebas

Licencia de pruebas

Si la empresa opera en sectores regulados, podrá solicitar una licencia temporal de un año para el desarrollo de sus actividades.

Puntos de Atención al Emprendedor

Puntos PAE

Los puntos PAE de atención al emprendedor serán de especial importancia en la constitución de empresas de manera rápida, digital y económica.

Para ofrecer todo el asesoramiento que necesite el emprendedor.

Diké Abogados es un Punto PAE, por lo que ofrecemos todos estos servicios para las Startup.

Puede ponerse en contacto con nosotros para que te asesoremos y gestionemos tu Startup.

Constitución de Empresas invirtiendo 1 euro

En Diké Abogados os vamos a hablar de la posibilidad de la constitución de empresas (sociedad de responsabilidad limitada) invirtiendo un euro de capital social.

Esto es posible puesto que se ha publicado, con fecha 29 de septiembre de 2022 en el Boletín Oficial del Estado la Ley 18/2022, de 28 de septiembre, de creación y crecimiento de empresas, y entrará en vigor el 19 de octubre de 2022.

Esta Ley modifica la cuantía del capital social mínimo de las empresas, pasando de 3.000 € a únicamente 1 € de capital social.

Pero ¿qué es el capital social?

Básicamente, el capital social de una empresa es la cantidad dineraria o no dineraria (ejemplo aportación de bienes) que entregan los socios a la sociedad en su constitución o ampliación de capital.

Actúa como garantía por parte de la empresa frente a terceros y se sitúa en el pasivo de la empresa.

Esta modificación normativa tiene por objeto impulsar la creación y el crecimiento empresarial a través de la adopción de medidas para agilizar:

  • Su constitución
  • Mejorar la regulación eliminando obstáculos al desarrollo de actividades económicas
  • Reducir la morosidad comercial
  • Facilitar el acceso a más y mejores medios de financiación

Vamos a analizar los requisitos que se deben cumplir las empresas para poder acogerse a la constitución de empresas con un euro de capital social.

Obligaciones para constituir una empresa

Obligaciones que se deben cumplir para la constitución de empresas con un capital social de un euro

Según la normativa que hemos mencionado, para que estas sociedades se puedan constituir con un capital social de un euro, tienen que cumplir con dos obligaciones, que tienen como finalidad salvaguardar el interés de los acreedores:

  • Deberá destinarse a reserva legal al menos el 20% del beneficio hasta que la suma de esta y el capital social alcance el importe de 3.000 euros y
  • En caso de liquidación, si el patrimonio de la sociedad fuera insuficiente para atender el pago de las obligaciones sociales, los socios responderán solidariamente por la diferencia entre el importe de 3.000 euros y la cifra del capital suscrito.

¿Puedo constituir una sociedad con un capital social de un euro de manera telemática?

Con la entrada en vigor de la Ley de creación y crecimiento de empresas, se facilita la constitución telemática de empresas a través de la ventanilla única del Centro de Información y Red de Creación de Empresas (CIRCE), lo que garantiza una reducción de plazos, costes notariales y registrales.

Por ejemplo, en relación con la constitución de sociedades de responsabilidad limitada sin estatutos tipo:

  • Se precisa que habrá de emplearse la escritura pública con formato estandarizado
  • Se reduce el plazo en que el registrador deberá inscribir de forma definitiva la escritura de constitución en el registro mercantil y
  • Se establece que la publicación de la inscripción de la sociedad en el Boletín Oficial del Registro Mercantil estará exenta del pago de tasas.

Diké Abogados está reconocido por la Administración como un punto PAE de atención al emprendedor, por lo que podemos constituir este tipo de empresas de manera económica, rápida y sencilla.

Con esta normativa, se trata de potenciar la creación de PYMES en España, teniendo en cuenta que las pequeñas empresas son las que conforman la mayor parte del tejido empresarial español, así como impulsar el emprendimiento y fomentar el aumento del tamaño empresarial, utilizando para ello los medios telemáticos.

Hay que tener en cuenta que en el mes de septiembre de 2022 se constituyeron a través de los puntos de atención al emprendedor 1.333 sociedades de responsabilidad limitada y 3.000 autónomos se dieron de alta, cifras que van en aumento cada mes.

A través de la Red de Puntos de Atención al Emprendedor (Red PAE) y el sistema CIRCE, es posible constituir una sociedad de responsabilidad limitada en un plazo de 24 horas si para ello se emplean instrumentos estandarizados, estando sujeta a unos aranceles notariales y registrales tasados. 

¿Dudas? Ponte en contacto con nosotros

Si quieres constituir una empresa es muy importante que cuentes con un buen asesoramiento inicial, para saber cuál es la forma jurídica que mejor se adapta a tus necesidades.

De esta manera podrás conseguir contar con una estructura jurídica adecuada, y así optimizar los recursos con los que cuentas.

Además, podemos constituir tu empresa de manera sencilla, rápida y económica. Desde nuestro despacho ayudamos a nuestros clientes a resolver todas sus dudas sobre autónomos y empresas.

Ponte en contacto con nosotros y uno de nuestros abogados especialistas te asesorará sin compromiso. ¡Consigue el mejor asesoramiento!

Redacción de Contratos. Motivos por los que debería hacerlo un Asesor Laboral

La redacción de contratos trae consigo una gran cantidad de responsabilidades además de que un contrato laboral es un documento de suma importancia.

Es por ello que debe ser redactado por especialistas, evitando así futuros problemas y en Diké Abogados te contamos los motivos.

Los contratos laborales agrupan diversos compromisos que pueden ser cruciales para tu empresa, ya que se debe dejar establecido el tipo de relación que existirá con el trabajador y las labores que llevará a cabo dentro de su lugar de trabajo.

La finalidad de estos documentos es poder garantizar estabilidad para ambas partes, evitando conflictos, pero tratando de que se cumplan los beneficios necesarios para el trabajador y para la empresa.

Sin duda, es un documento que debe reflejar legalidad y transparencia para la relación empleado/empleador, y en el siguiente contenido te revelaremos por qué el asesor laboral es la figura idónea para cumplir con este paso.

En el contrato laboral se fija, entre otras cuestiones:

  • Tipo de contrato (por ejemplo si es temporal o indefinido, en prácticas, para la formación, fijo discontinuo…)
  • Cuando entra en vigor y finaliza
  • Jornada y horario del trabajador
  • Remuneración
  • Lugar de trabajo
  • Funciones
  • Categoría a desempeñar
  • Convenio colectivo que es de aplicación
  • Etc.
Redacción de contratos

¿Qué es un asesor laboral?

Un contrato laboral significa para el trabajador estabilidad ya que garantiza seguridad y se deja claro cuáles serán sus funciones y obligaciones dentro de su lugar de trabajo.

Para el empleador, es una manera de definir las funciones que tendrá el empleado; el cual es consciente de su cumplimiento desde el momento de la firma del contrato.

A pesar de que el Estatuto de los Trabajadores permite los contratos verbales, lo más recomendable es realizar un contrato laboral escrito, que sea firmado por ambas partes.

Hay que tener en cuenta que hay una serie de contratos de trabajo que no pueden ser verbales, como por ejemplo los de prácticas y para la formación y el aprendizaje, los contratos a tiempo parcial, los fijos-discontinuos y de relevo y temporales cuya duración sea superior a cuatro semanas.

Deberán constar igualmente por escrito los contratos de trabajo de los pescadores, de los trabajadores que trabajen a distancia y de los trabajadores contratados en España al servicio de empresas españolas en el extranjero.

En los casos en los que se obligatorio el contrato de trabajo por escrito, y se realice de manera verbal, se presumirá celebrado por tiempo indefinido y a jornada completa, salvo prueba en contrario que acredite su naturaleza temporal o el carácter a tiempo parcial de los servicios.

Además, cualquiera de las partes podrá exigir que el contrato se formalice por escrito, incluso durante el transcurso de la relación laboral.

La redacción de un contrato laboral es algo trascendental por lo que se debe realizar por expertos, debido a que las condiciones de trabajo quedan plasmadas allí, por lo que deben ser explicadas de manera detallada partiendo de una visión legal.

Dicho todo esto, podemos decir que un asesor laboral es aquel profesional que se encarga de llevar a cabo asesoría en temas laborales en las empresas y hacer cumplir la normativa legal vigente.

Los asesores laborales se especializan en todo lo que se representa la gestión y funcionamiento de los procedimientos que debe llevar a cabo la empresa y la manera como debe ser la relación con los trabajadores.

Explicación de un contrato

Funciones que lleva a cabo un Asesor Laboral

Estos profesionales son los encargados de hacer cumplir las leyes en cuanto a recursos humanos, garantizando que se tomen las mejores decisiones en beneficio del trabajador y la empresa.

Algunas de las principales funciones que lleva a cabo un asesor legal son:

  • Redacción de contratos
  • Puntualizar cuáles son las obligaciones legales que debe tener la empresa para con sus trabajadores y velar por su cumplimiento
  • Estar presente al momento de que la administración de la empresa requiera modificar y/o redactar contratos laborales.
  • Tratar de mantener una relación cordial entre el empleado y el empleador.
  • Tramitar para que se cumplan los diferentes beneficios que por ley corresponde a los trabajadores como salarios, bonus, vacaciones, cumplimiento del horario laboral, entre otros.
  • Ser el representante legal de la empresa frente a cualquier conflicto de índole laboral, pudiendo acudir a los servicios públicos de mediación o a los juzgados en representación de la empresa.
  • Vigilar que la empresa esté al día en cuanto al cumplimiento de los derechos laborales de sus empleados.
  • Cuando se realiza una negociación colectiva, sirve de intermediario entre ambas partes.
Abogada explicando un contrato laboral

Motivos para contratar un Asesor Laboral

La redacción de contratos laborales debe ser realizada por profesionales del área, es allí donde los asesores laborales toman un papel protagonista, ya que tienen la experiencia y conocimientos que necesita tu empresa para no cometer errores.

Servir de intermediario entre los trabajadores y el empleador es una de las principales obligaciones de un asesor legal, además de que se encarga de tener al día la normativa legal que se debe cumplir en tu empresa.

Indudablemente, estas son algunas de las razones que nos llevan a contratar un asesor laboral; presta atención al resto de beneficios:

Mejorar la toma de decisiones

El asesor laboral está presente en tu empresa para aclarar las dudas legales sobre derechos laborales que puedas presentar, ayudándote a tomar la mejor decisión.

Contar con asesoría laboral de primera calidad, puede ser la diferencia entre tener o no un conflicto judicial.

Y es que estos profesionales están capacitados para orientarte y definir las bases legales al momento de realizar un contrato importante.

Aumentar la productividad de tu empresa

El asesor laboral trata de mejorar el ambiente laboral de la empresa haciendo que el trabajador se sienta cómodo en su sitio de trabajo, y es bien sabido que un trabajador de buen ánimo es más productivo.

Es capaz de definir cuál es el puesto de trabajo que va en consonancia con el potencial del empleado a fin de que su rendimiento sea mayor lo que repercute en la productividad de la empresa.

Además de que evalúa cual es el trabajador productivo y cual no, haciendo que se contrate o prescinda de algunos trabajadores si es necesario.

Evitar y disminuir riesgos laborales

Un asesor laboral está al tanto de cuáles pueden ser los riesgos de tu actividad productiva dependiendo del tipo de empresa.

Este profesional se encarga de ofrecer una orientación precisa para que se cumplan la mayor cantidad de medidas de precaución posibles y poder prevenir accidentes laborales.

Fijar la política retributiva de la empresa.

Una de las funciones del asesor laboral es establecer la política retributiva de los trabajadores, para cumplir con la normativa (como por ejemplo el salario mínimo) y asignar una retribución a cada categoría laboral según el convenio colectivo aplicable.

También puede establecer las pautas para la fijación de los salarios en especie, complementos, bonus…

Llevar a cabo trámites administrativos

El asesor laboral se encargará de llevar a cabo todos los trámites administrativos que deba cumplir tu empresa los cuales pueden resultar ser liosos y agotadores.

Algunas de las gestiones administrativas que el asesor laboral estará atento a que se cumplan, agrupan:

  • Redacción de los contratos y su registro en el Servicio Público de Empleo Estatal
  • Comunicación de altas, bajas y variaciones de datos de los trabajadores en la seguridad social
  • Comunicación de accidentes al sistema DELTA
  • Tramitación de incapacidades temporales de los trabajadores
  • Cumplimentación de los boletines de cotización a la seguridad social
  • Aplicación de bonificaciones sociales
  • Redacción de carta de cese de la relación laboral, finiquitos, nóminas, entre otras.

Ayudar a cumplir la normativa legal

Cumplir al pie de la letra cualquier normativa legal es necesario en las empresas para evitar sanciones, de esto se encargará un asesor laboral, haciendo que tu única preocupación sea la de impulsar la productividad de la empresa.

Además de que se esmeran en realizar los contratos cumpliendo con los requisitos legales, así como los establecidos en el convenio colectivo que sea de aplicación, que sean de provecho para ambas partes, siendo equilibrados y sin perjudicar al empleado.

Nuestros asesores laborales de Diké Abogados están dispuestos a ayudarte con la redacción de tus contratos o cualquier otro trámite de asesoría legal; por supuesto, bajo el marco de la normativa legal vigente.

Nota de prensa: Obtención de incapacidad permanente total

Por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, se ha obtenido el reconocimiento de la incapacidad permanente total a un trabajador, teleoperador en un centro especial de empleo.

El trabajador padecía hipoacusia neurosensorial, derivada de una polineuropatía axonal sensitivo motora grave, de origen indeterminado. 

Diké Abogados inició la petición de la incapacidad permanente en vía administrativa, siendo la misma denegada; acudiendo a la jurisdicción social, con el mismo resultado. 

No obstante, el Tribunal Superior de Justicia, una vez interpuesto el recurso de suplicación, ha dado la razón a este trabajador, reconociendo el alegado empeoramiento de su estado de salud, aunque la enfermedad principal tuviese su origen en la infancia, tal y como alegaban nuestros letrados. Alude, haciendo suyos nuestros argumentos, que la profesión de teleoperador se realiza en ambientes ruidosos (call center), no siendo susceptible de reparación la hipoacusia mediante audífonos en este caso, resultando imposible la realización de dicha profesión.

Por ello, se le reconoce el derecho al cobro de una pensión del 55% de su base reguladora, con efectos desde enero de 2020.

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Para más información al respecto, pueden ponerse en contacto con el equipo de Diké Abogados a través del formulario de contacto.

Incapacidad Permanente: Todo lo que debes saber

La incapacidad permanente es una situación en la que una persona no puede trabajar debido a un problema de salud mental o físico.

Se trata de una de las formas de incapacidad reconocidas por el estado, y que debido a los impedimentos que conlleva para el desarrollo de una vida profesional normal, está asociada a una serie de ayudas oficiales.

En España, existen distintos tipos de incapacidad permanente, cada uno con sus propias características. En este artículo hablaremos sobre todo lo que hay que saber acerca de la incapacidad permanente:

  • Qué tipos hay.
  • Cómo solicitarla.
  • Qué ayudas se pueden obtener.

¡Todo lo que necesitas saber está aquí!

¿Qué es la incapacidad permanente?

¿Qué es la incapacidad permanente?

La incapacidad permanente es un estado de incapacidad total y absoluta para el trabajo debido a un problema de salud mental o físico.

Se trata, por tanto, de un impedimento para desarrollar cualquier actividad profesional que dificulta, imposibilita o hace peligroso el ejercicio de la misma.

Por estas razones, se considera que las personas con incapacidad permanente necesitan ayuda de tipo económico para poder llevar una vida normal.

Es por esto que el Estado reconoce este tipo de situación y ofrece una serie de ayudas a aquellas personas que se encuentren en esta situación.

Estas ayudas tienen un carácter mensual; y para determinar el importe de las mismas, se tendrán en cuenta factores como:

  • El tipo de incapacidad.
  • La actividad que se realizaba antes.
  • El grado de limitación que esta supone para el desempeño normal de una actividad económica.
  • El tiempo cotizado.

A diferencia de otros tipos de situaciones de incapacidad, en el caso de la permanente se considera que no está previsto que estas dificultades se resuelvan, al menos en el corto plazo.

¿Cuáles son los tipos de incapacidad permanente reconocidos en España?

Tipos de incapacidad

En España, existen cuatro tipos de incapacidad permanente: parcial, total, absoluta y de gran invalidez. Cada uno de ellos tiene sus propias características y requisitos para acceder a las ayudas correspondientes.

1- Incapacidad permanente parcial

En este caso, se considera que la persona puede desarrollar alguna actividad laboral, pero que debido a su problema de salud, está incapacitada para hacer frente a un trabajo en condiciones normales.

La incapacidad permanente parcial tiene que ser compatible con el desempeño de un puesto de trabajo adecuado a las capacidades y limitaciones de la persona.

Sin embargo, la persona sufriría un descenso en su rendimiento de, al menos, un 33% respecto a su estado normal.

2- Incapacidad permanente total

Se trata de una situación en la que la persona no puede realizar su actividad laboral habitual debido a su estado de salud. Sin embargo, a diferencia de lo que ocurre en los niveles superiores, esto no quiere decir que no pueda desempeñar otro tipo de trabajos.

Así, la persona se vería obligada a abandonar su carrera profesional habitual debido a su estado de salud, pero todavía podría desempeñarse en otras funciones en ámbitos distintos.

En el caso de la incapacidad permanente total, la prestación percibida por parte del gobierno es habitualmente del 55% de la base, pero podría llegar hasta el 75% en determinados casos.

3- Incapacidad permanente absoluta

Hasta hace no demasiado, este era el nivel de incapacidad más grave. Según recoge la legislación vigente, se trata de una situación en la que la persona no puede desempeñar ningún tipo de actividad laboral debido a su estado de salud.

En el caso de la incapacidad permanente absoluta, se considera que la persona está incapacitada para todo tipo de trabajo, con un mínimo de rendimiento.

Debido a esta situación, el estado le proporcionará una pensión compensatoria del 100% de la base.

La principal diferencia con el último grado de incapacidad permanente es que en el caso de la absoluta, se considera que el afectado todavía puede desempeñar tareas básicas para cuidar de sí mismo.

4- Gran invalidez

Este es el último y más grave de los niveles de incapacidad permanente. Se trata de una situación en la que, al igual que antes, el individuo no podría desempeñar su actividad laboral habitual.

Pero en este caso, la persona además no está capacitada para realizar otro tipo de tareas necesarias para desenvolverse en su día a día, por lo que necesita la ayuda de alguien externo.

En el caso de las personas con gran invalidez, se les reconoce una pensión del 100% de la base; y además, tienen derecho a recibir ayudas para cubrir sus necesidades básicas. Así, podrían necesitar la contratación de un asistente para ayudarles en tareas como vestirse, comer, limpiar su vivienda…

¿Cómo se solicita la incapacidad permanente?

¿Cómo se solicita la incapacidad permanente?

En España, el proceso para solicitar la incapacidad permanente es relativamente sencillo.

En primer lugar, se debe acudir al médico de cabecera o a un especialista para que valore el estado de salud y determine si existen los requisitos necesarios para acceder a este tipo de prestaciones.

Una vez que se cuenta con el informe médico, lo siguiente será solicitar la incapacidad permanente en la oficina del INSS correspondiente.

Para ello, se deberá presentar una serie de documentos, como el DNI, la Tarjeta Sanitaria o el certificado médico.

¿Quién puede solicitarla?

La incapacidad permanente es un derecho reconocido por el estado a aquellas personas que se encuentran en una situación de imposibilidad para trabajar.

No todas las personas tienen derecho a solicitarla.

Para acceder a este tipo de prestaciones, se debe cumplir con una serie de requisitos, como haber cotizado los años necesarios y tener una patología lo suficientemente grave como para verse impedido para trabajar.

Asimismo, para poder acceder a estas prestaciones, no basta con reunir los requisitos anteriores. En concreto, se requiere estar dado de alta en la seguridad social en el momento de la solicitud o en situación asimilada al alta y no haber alcanzado todavía la edad de jubilación.

En cualquier caso, para quienes pueden requerir esta ayuda, puede tratarse de una prestación muy útil para cubrir las necesidades vitales básicas.

Asesoramiento Fiscal: por qué es importante para una PYME

El Asesoramiento Fiscal es algo muy necesario para las Pymes. En Diké Abogados queremos explicaros por qué.

Las pequeñas y medianas empresas son el motor de la economía española. Según el informe de asesoramiento fiscal que elaboró el Ministerio de Economía y Competitividad, en 2016 estas empresas generaron el 67% del PIB español.

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